La Justicia declaró inconstitucional el pago de marzo a los jubilados, cuando debutó la nueva ley de movilidad previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo una diferenciación entre el pago del haber y el período en el cual surge el derecho de recibir el aumento.
La clave está en que si bien el primer pago a partir de la nueva fórmula de movilidad fue en marzo, el período en el cual se originó el derecho del incremento fue junio-diciembre de 2017, momento en el cual regía la ley anterior.
Por esta razón, el fallo ordenó a la Anses que vuelva a liquidar el haber de marzo según el aumento del 14,5 por ciento contemplado en la “vieja” fórmula de movilidad en lugar del 5,71 definido en la nueva.
Fuente: Página 12