En el Boletín Oficial de la Nación, se publicó un listado realizado por la ANMAT con productos alimenticios y médicos que están prohibidos para la comercialización, uso y distribución de los mismos.
En este sentido la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, informó que se restringe la venta de:
* Sazonador picante – Locoto en polvo, marca: Sazón Korr. Hecho en Bolivia. "Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio".
* Chiles picantes – Locoto en polvo, marca Protal, peso neto 9 gramos, producción de la Asociación Agropecuaria CORACA-PROTAL, R.S. SENASAG N°020303190021 R.S. N°034120004 – Registro Sanitario N° 017756, industria Boliviana".
* Productos 'Don Ignacio' Gomitas Gran Variedad, Malvaviscos, Maní Japonés, Pastillas y mucho más!, RNE N° 040947, RNPA N° 040185.
* Aceite de Girasol, marca: Renata, RNPA N° 12004865, RNE N° 00000830. En este caso, la medida se adoptó porque el producto "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto y está falsamente rotulado"
* Equipo de Laser Alma Soprano, serie N° 0373" porque "ingresó al país sin la correspondiente autorización" de ANMAT.
* Fuente de Alimentación del Equipo Ultrasonido, marca ESAOTE, modelo MyLab Gamma, con número de serie K12210096, luego de que la empresa importadora "Tecnoimagen SA" denunciara el robo del artículo.