JUSTICIA

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Lo condenaron a "dejar de tomar"

Y otras serie de restricciones de buena conducta.

El juez Roberto Faustino Lezcano, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a Mario Rolando Córdoba a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio, amenazas y desobediencia judicial, todo en concurso real en perjuicio de F. I. CH.

El juez ordenó la libertad del condenado y le impuso las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: constituir domicilio legal; someterse al control del Patronato de Presos y Liberados, ante el cual deberá presentarse cada seis meses, dentro de los primeros diez días del mes que corresponda; prohibición de acercarse al domicilio de la víctima; abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicoterapéutico y de rehabilitación por su reconocida adicción a las bebidas alcohólicas y atento a la naturaleza de los hechos por los cuales resultó condenado; desarrollar actividad laboral acorde a sus capacidades.



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