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El fin de los jueces eternos ¿a qué edad están obligados a jubilarse?

Esta vez la Corte le puso un coto a la duración de los magistrados en su cargo

Mediante un fallo dado a conocer este martes, la Corte Suprema resolvió que los jueces deben jubilarse a los 75 años, dando por válidas la facultades establecidas en la Convención Constituyente de 1994. En el pronunciamiento, el máximo tribunal dispuso como excepción que los magistrados que alcancen esa edad obtengan el aval del Senado y del Presidente para seguir en su cargo.

La sentencia, dada a conocer por el Centro de Información Judicial, dejó atrás lo decidido en el "fallo Fayt" en 1999. En ese caso, la Corte -con otra composición- había declarado que era nulo el artículo 99, inciso 4°, tercer párrafo introducido por la reforma constitucional de 1994.

El párrafo señalado exigía a los jueces que pretendieran seguir en funciones después de cumplir la edad de 75 años, que obtuvieran un nuevo acuerdo del Senado de la Nación y un nuevo nombramiento del Presidente de la Nación para mantenerse en el cargo.
 



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