JUSTICIA

Belgrano Cargas SA deberá pagar por el daño patrimonial y moral a un maquinista

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo condenó en decisión de mayoría a la empresa Belgrano cargas SA a pagarle a un hombre que se desempeñaba como maquinista 91.615,81 pesos en concepto de indemnización por daño patrimonial y moral a causa de una enfermedad producida en el ámbito laboral.

La demanda había sido desestimada en primera instancia. 
El hombre se desempeñaba como maquinista y cuando fue despedido presentaba una pérdida total del sentido del oído derecho y una disminución auditiva del 33,5 por ciento en el izquierdo atribuyéndolas al alto nivel de decibeles de la locomotora y la falta de provisión de protectores auditivos


Los jueces María de las Mercedes Domecq y Federico Gabriel Kosiner se pronunciaron por hacer lugar parcialmente al recurso de apelación, mientras que la jueza Analía Villa de Moisés lo hizo por el rechazo.
Un informe del Hospital San Bernardo consignó que el hombre padecía en su oído izquierdo una hipoacusia moderada con trauma acústico y en el derecho una sordera total. “El ambiente ruidoso mayor de 90 decibeles influye sobre las células sensoriales del órgano de Corti, provocando la lesión de las mismas que lleva a la pérdida auditiva; apuntaron.


Existió causalidad entre el daño auditivo y la exposición al factor de riesgo ruido proveniente de su prestación laboral en el marco del contrato de trabajo que lo unía a la empresa ferroviaria. La suma de 41.615,81 pesos fue fijada como monto de reparación patrimonial y 50 mil por daño moral como resarcimiento por las aflicciones y padecimientos íntimos que, aunque de naturaleza extra patrimonial, constituyen un daño resarcible.



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