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La justicia laboral declaró la invalidez de seis artículos del DNU

La medida se declaró durante el paro nacional.

La justicia nacional de primera instancia del Trabajo declaró este miércoles la invalidez de seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia de desregulación económica del gobierno de Javier Milei, informaron fuentes judiciales.

La decisión fue adoptada por la jueza laboral de feria Liliana Rodríguez Fernández, que hizo "parcialmente lugar a la acción de amparo" de la Confederación General del Trabajo (CGT), que este miércoles realizó un paro nacional con movilización contra el DNU 70/23.

La magistrada resolvió “declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97” del DNU 70/2023, aunque aclaró que “gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”.

La jueza laboral de feria acotó su decisión a aquellos artículos del DNU que, según su consideración, afectan “de modo directo” los intereses de la CGT por afectar derechos colectivos de los trabajadores.

“Normas vinculadas al concepto de ‘situación legal de desempleo’, al modo en que se confeccionan los recibos de sueldo, o a las modificaciones sobre presunciones o carga de la prueba no parecen a simple vista tener impacto alguno en los problemas macroeconómicos que el propio decreto invoca”, señaló la jueza.

¿Cuáles son los artículos que fueron declarados inválidos?

- 73: Modifica las condiciones de retención de la cuota sindical.

- 79: Establece reglas para la negociación colectiva.

- 86: Modifica la vigencia de las cláusulas obligacionales.

- 87 y 88: Incorporan a su vez los artículos 20 bis y 20 ter a la ley 23.551.

- 97: Regula los servicios esenciales en el marco de conflictos colectivos.

Fuente: FiloNews



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