El Gobierno modificó la Ley 25.761, que regula el desarmado de automotores y la venta de sus autopartes, simplificando y digitalizando los trámites que se deben realizar para registrar un vehículo a desarmar, a través del Decreto 428/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
La normativa establece que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios implementará una plataforma digital para la gestión de los legajos de baja y desarme de vehículos.
Al respecto, estipuló que en la misma “los interesados en solicitar dicha baja y desarme de un vehículo deberán cargar la documentación que resulte necesaria para identificar y acreditar el registro del vehículo y las fotografías en color de este que exhiban su estado al momento de su entrega”.
Actualmente, el trámite se realiza de manera presencial con la obligación de entregar documentación en formato papel y una fotografía color impresa. Este formato físico seguirá vigente hasta que se implemente la plataforma digital.
Asimismo, redujo los requisitos a cumplimentar a la hora de documentar el ingreso y egreso de vehículos y de partes, fijando que “por cada automotor ingresado para su desarme deberán registrar: marca, modelo, número de pieza y certificado de baja y desarme”. Además se determinó que “las piezas no aptas para su reciclaje deberán ser destruidas”.
Fuente: NA