En la sesión del Concejo Deliberante, se modificó el artículo 107 de la Ordenanza Tributaria Anual Nº 15.210.
Se fijó en cinco Unidades Tributarias (UT) el monto que deberán pagar por tonelada las empresas que realicen el servicio de contenedores por la utilización del vertedero Municipal.
El concejal Ignacio González dijo que se realizó el cambio, teniendo en cuenta la situación de las empresas que brindan servicios de contenedores.
“Hace unas semanas se acercaron algunas de estas empresas familiares y nos plantearon la dificultad de pagar el mismo monto que los municipios”, sostuvo el edil.