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Tras la presentación de un amparo, una mujer trans se operará los senos en el Hospital Materno Infantil

A partir de la resolución del juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Ramón Domínguez

 

La intervención se tramitó a través de una acción de amparo interpuesto por G.M.D., quien concurrió en primera instancia al consultorio del Colectivo Trans, habilitado en enero pasado, de acuerdo a la legislación vigente en materia de Salud Sexual e Identidad de Género y que funciona en el Centro de Salud 63. Dicho espacio tiene como fin fortalecer la autonomía de las personas trans.

Luego concurrió a al Hospital Público Materno Infantil, donde rechazaron la posibilidad de realizar la intervención e informaron sobre la carencia de habitaciones o salas acordes con el género, que brinden seguridad y privacidad, como lo aconseja la “Guía para Equipos de Salud Integral de Personas Trans” del Ministerio de Salud de la Nación. Por otra parte, informaron las autoridades, “la ocupación del HPMI es del 97% casi en forma permanente”, y la obligación tácita es la de recibir primordialmente al binomio madre e hijo por nacer.

Antes de tramitar el amparo, la mujer realizó una denuncia por supuesta discriminación ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). En ese marco, G.M.D. también denunció ante el INADI que le exigieron informes psicológicos no requeridos por la Ley de Identidad de Género y remitió copia de la denuncia al Observatorio de Violencia contra las Mujeres.

La mujer también concurrió al Hospital San Bernardo, donde le informaron sobre la falta de quirófanos específicos para cumplir con las medidas de bioseguridad que requieren las cirugías limpias, reparadoras y reconstructivas.

En el expediente se citan la Ley 26743, de Identidad de Género; que reconoce la garantía personal a la identidad de género de las personas, entendida como “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual “puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”; y se considera el Decreto 903/2015, de Intervenciones Quirúrgicas Parciales y/o Totales.

Mientras se tramitaba el recurso, la Fiscalía de Estado contestó, en nombre del Ministerio de Salud Pública, que el HPMI “se encuentra disponible para la realización de la práctica” y recomendó que la paciente concluya los estudios protocolares y reciba las indicaciones específicas del manejo hormonal previo a la cirugía. Los estudios prequirúrgicos y gestión de las prótesis comenzaron el 22 de agosto pasado.

 

 

 

Fuente: Poder Judicial de Salta 



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