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Nueva etapa de cuarentena en Salta: quiénes vuelven hoy a trabajar y cómo

Desde hoy se reanudarán 11 nuevas actividades en sintonía con la "cuarentena administrada" que anunció Alberto Fernández.

El gobierno nacional sumó 11 nuevos sectores a la lista de actividades exceptuadas de la cuarentena iniciada el 20 de marzo pasado y extendida ya en dos en ocasiones, la última hasta el domingo 26 de abril inclusive, por la pandemia de coronavirus. La lista de exceptuados llega así a 59, o un poco más, según como se consideren algunas actividades mencionadas en más de una norma.

Según el texto de la Decisión Administrativa 524/2020, que lleva la firma del jefe de Gabinete Santiago Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García, las nuevas actividades exceptuadas son:

1- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2- Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

En Salta, los comercios atenderán en horario diferenciado entre las 14 y 20 horas. 

5- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7- Ópticas, con sistema de turno previo.

8- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

11- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

 



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