SALTA CAPITAL

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Del Frari ejerció Violencia de Género contra Frida Fonseca

Así o determinó la justicia

Duro revés de la Justicia contra el concejal Martin Del Frari. A las denuncias públicas de violencia contra sus pares y un pedido de destitución por parte de una asociación, que por estas horas se analiza en una comisión especial, se suma la demanda que le efectuó la eventual Defensora del Pueblo Frida Fonseca Lardies.

Martin Del Frari no dejaba pasar oportunidad de disparar contra Frida Fonseca, quien fuera designada por el propio cuerpo legislativo que el mismo integra. Desde la designación de Fonseca no se detuvo, hoy fue la justicia quien no se lo pide, le ordena. No buscó hacer uso de las vías legales o legislativas para hacer notar que es veraz lo que planteaba sobre la idoneidad de Fonseca.

Del Frari ante el pedido de destitución realizó un descargo en su momento que simplemente reconocía la existencia de una denuncia contra su persona y se resguardaba en sus derechos de inocencia, por cuanto no existía acción por parte de la justicia que diga lo contrario. En esta oportunidad la justica se pronunció y dejó en claro que el edil en su conducta contra Fonseca se “configura una acción violenta de género, incrementada por las trascendencias pública”.

Entre los aspectos que llevaron a la funcionaria a denunciar al edil se encuentra el padecimiento de “injurias que fueron vertidas en medios periodísticos en una campaña pública de desprestigio, afectando su moral y trayectoria profesional; así también su tranquilidad, estabilidad familiar y personal”; “Que también se extendió su difamación a dichos en distintas redes sociales, los que considera hostigamiento, acoso y descalificaciones a su persona y al cargo que ocupa.”

Así mismo, en la presentación contra Del Frari, Fonseca resaltó el hecho que por medios periodísticos se dio a conocer noticias relacionadas a actos de violencia contra otras personas y también de violencia intrafamiliar, lo que para ella se constituye parte de “un marco conductal violento”.

Ante lo expuesto, la Dra. Liliana Valdez en su carácter de Jueza actuante, del Juzgado de Violencia de Género 1, determinó dar lugar a la demanda presentada por la Dra. Frida Fonseca.

Entre los argumentos de la magistrada cita: “respecto al caso planteado la Ley N° 7888 refiere en su Art. 3° claramente “Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.

En este sentido, la jueza resolvió “Instar al Sr. Martin Del Frari a abstenerse de efectuar manifestaciones en desmedro de la Sra. Amanda Frida Fonseca (…) respecto a su designación, el ejercicio y al desarrollo de sus funciones como Defensora del Pueblo de la ciudad de Salta, en espacios públicos como privados y especialmente en medios de comunicaciones masivas, en redes sociales y de comunicación en línea, todo ello con apercibimiento de tomar medidas que se estimen correspondan al caso”.

 

Fuente: Primero Salta 



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