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Entra en vigencia la ley de alquileres tras su promulgación en el Boletín Oficial

Comenzará a regir los contratos celebrados desde este miércoles. Qué establece la nueva normativa y cuáles son los nuevos cambios

El Gobierno nacional promulgó este martes la nueva ley de alquileres​, que había sido aprobada por el Congreso hace dos semanas y que entrará en vigencia el miércoles.

La nueva Ley de Alquileres fue aprobada por el Senado el 11 de junio, en una tensa sesión virtual, con 41 votos a favor. En aquella oportunidad, la oposición abandonó sus bancas en una reunión en la que, además, se aprobó la Ley de Educación a Distancia, también promulgada este martes por el Gobierno.

El proyecto tenía media sanción en Diputados desde noviembre pasado.

Se trata de la primera reforma desde 1984 e introduce mejoras para los inquilinos, mientras despierta algunas críticas desde el sector de los propietarios y del negocio inmobiliario. La duración de los contratos pasa de dos a tres años. La garantía pasa a representar solo un mes de alquiler por toda la extensión del lazo (antes era uno por cada año concertado). El contrato se indexará una vez cada 12 meses. Esta actualización se hará de acuerdo a un índice elaborado por el Banco Central, compuesto en un 50 por ciento por la variación de los salarios y en otro 50 por ciento por la tasa de inflación.

Se trata de la primera reforma desde 1984 e introduce mejoras para los inquilinos, mientras despierta algunas críticas desde el sector de los propietarios y del negocio inmobiliario.

La duración de los contratos pasa de dos a tres años. La garantía pasa a representar solo un mes de alquiler por toda la extensión del lazo (antes era uno por cada año concertado).

El contrato se indexará una vez cada 12 meses. Esta actualización se hará de acuerdo a un índice elaborado por el Banco Central, compuesto en un 50 por ciento por la variación de los salarios y en otro 50 por ciento por la tasa de inflación.

 

Los principales cambios en la nueva ley de alquileres

 

  • Los aumentos dejan de ser semestrales y pasan a ser anuales.

  • El porcentaje de aumento pasará a basarse en un indicador que publicará el Banco Central. Estará conformado en partes iguales por el índice de precios al consumidor (IPC), que releva el Indec, y la variación salarial (Ripte), que elabora Anses

  • La duración de los contratos pasa de 2 a 3 años.

  • Garantías: el locatario deberá proponer al menos dos alternativas, que pueden ser un título de propiedad, aval bancario o seguro de caución, y el propietario elegirá una.

  • Depósito de garantía: pasará a equivaler a un mes de alquiler. Cuando termina el contrato, la devolución deberá ser en el momento de la restitución del inmueble, y actualizada al valor del último mes de alquiler.

  • Será obligatorio acordar las condiciones de renovación con tres meses de anticipación, para que el inquilino tenga tiempo para buscar otra vivienda.



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