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Se reglamentó la ordenanza que prohíbe la venta y la utilización de pirotecnia

Ya no se puede vender ni utilizar artificios pirotécnicos.

Esta mañana el intendente Gustavo Sáenz firmó el decreto municipal que reglamenta la ordenanza que prevé la prohibición de la venta, utilización o tenencia de los artificios pirotécnicos.

Ya en junio pasado, el jefe comunal había promulgado la ordenanza que fue aprobada en mayo de este año por el Concejo Deliberante.

En su artículo primero, el Decreto establece que “quedan incluidos en las disposiciones del artículo 25 de la Ordenanza Nº 11.666, modificada por Ordenanza 15.280, los artificios pirotécnicos cuya venta, utilización, tenencia y/o fabricación en locales habilitados que reúnan las siguientes características: morteros y bombas de estruendo que excedan de 2“.

Las infracciones por la utilización de los artificios pirotécnicos que pudieren encuadrarse en el Título V, artículo 72 de la Ley de Contravenciones Nº 7135 y artículo 129 incisos a, c, d y e, modificado por la Ley Nº 77.569 serán notificadas por la autoridad de aplicación correspondiente a la Procuración General del Ministerio Público Fiscal de la Provincia en el marco de los convenios celebrados entre la Municipalidad y ese organismo.



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