JUSTICIA

#Novedad

Una nueva ley castiga la tenencia de pornografía infantil

Hasta ahora, sólo estaba penalizada la producción y distribución

El Ejecutivo promulgó la ley que la modifica el artículo 128 del Código Penal y castiga con penas de tres a seis años de prisión a quien "produjere, financiare, ofreciere, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere" material con pornografía infantil.

De este modo, el Gobierno promulgó la ley 27436 mediante el decreto 349, publicado hoy en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Justicia, Germán Garavano.

La normativa fue sancionada por el Congreso y contó con amplio respaldo de los legisladores. La misma establece que será castigado con prisión de tres a seis años el que “produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere” toda “representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”.

También reprime con prisión de cuatro meses a un año el que "a sabiendas tuviere en su poder representaciones” de pornografía infantil, y con seis meses a dos años el que “tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el primer párrafo con fines inequívocos de distribución o comercialización”.

Además establece penas de un mes a tres años el que “facilitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de 14 años”.

Según datos oficiales, el 85 por ciento de los ciberdelitos que se investigan en la ciudad de Buenos Aires estén vinculados con la pornografía infantil y el grooming. A nivel mundial, la Argentina es uno de los países con más tráfico de pornografía infantil. Sumado a ello, en los últimos años se han duplicado las denuncias y causas judiciales.

 

 

Fuente: Diario Judicial 



Deportes

Insólito

Espectáculos